La nulidad de las cláusulas de IRPH en los préstamos hipotecarios

Primero les toco a las cláusulas suelo, ahora parece que se emprende la marcha contra las cláusulas de IRPH. Ya han sido dictadas tres sentencias por los Juzgados Mercantiles de Barcelona que declaran nulas dichas cláusulas de IRPH. Las consecuencias son que el Banco no puede cobrar intereses en dichos préstamos, y además, tiene que devolver todos los intereses cobrados desde la firma del mismo.

Si usted tiene un préstamo hipotecario lo más probable es que cada año tenga una revisión del tipo de interés que le aplican. La revisión seguramente se hará conforme al EURIBOR, o el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (I.R.P.H), según lo tenga pactado en el contrato. El IRPH actualmente –y siempre- es mucho más alto que el tipo de interés del EURIBOR. Por ejemplo en mayo de 2.015 el IRPH fue del 2,156 %, mientras que el EURIBOR fue del 0,165 %. Eso quiere decir que la cuota que se paga también es más alta.

Es en éste contexto en el cual los perjudicados por la cláusula del IRPH han iniciado una ofensiva ante los Tribunales, pretendiendo con ello cambiar el panorama. Fruto de ésta ofensiva los Juzgados Mercantiles de Barcelona, el pasado mes de marzo, dictaron tres sentencias que declaran nulas las cláusulas del IRPH de préstamos hipotecarios de diferentes Bancos. Los argumentos jurídicos de la nulidad es que dicho índice es manipulable, ya que son las propias entidades las que elaboran y proporcionan al Banco de España  los datos que servirán para el cálculo del índice.

¿Y qué consecuencia se impone en dichas sentencias? Pues, tal y como ya adelantábamos anteriormente, que el préstamo queda convertido en un préstamo que sólo hay que devolver el capital prestado, es decir, no pagar ningún interés. Además el banco tiene que devolver todos los intereses desde que se firmó. No obstante en algunas de las sentencias lo que hace es cambiar el IRPH por el Euribor más 1%, ya que fue esto lo que pidió el cliente en su demanda (y el juez no puede dar más de lo que se le pide).

Ahora sólo queda ver si dicha doctrina se consolida en los Tribunales Superiores, ya que las consecuencias son de una gran repercusión económica, y por tanto, sin ninguna duda, los Bancos intentarán darle la vuelta a dichas semtencias.

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