¿Qué es la Ley de la segunda oportunidad?

Ya han transcurrido unos 6 años desde que se publicó la Ley de segunda oportunidad, y se ha comprobado que es un instrumento eficaz para solventar el problema de aquellas personas – particulares o empresarios-  que no pueden hacer frente a sus pagos habituales. Durante todo éste tiempo ha beneficiado tanto a antiguos empresarios que se habían visto arruinados por la caída de sus negocios, como personas particulares que se habían endeudado por compra de inmueble, compra vehículos, vacaciones, etc…. Ello independientemente de si en el momento de solicitar la segunda oportunidad, tenían o no bienes propios o ingresos.

El resultado final del proceso es que la persona se queda sin ningún bien (aunque si se dan ciertas circunstancias puede salvar la vivienda), pero también sin ninguna deuda, a excepción de aquellas que sean de organismos públicos que sí que se deberá pagar una parte del mismo, y las pensiones de alimentos, según la última reforma de la ley y que entrará en vigor en septiembre de 2020. Este mecanismo solo puede ser utilizado una vez cada 10 años.    

El proceso de segunda oportunidad consta de 2 partes claramente diferenciadas. Una primera en la cual, tras el nombramiento de un mediador concursal, se intenta llegar a un acuerdo con los acreedores. Si éstos aprueban mayoritariamente la propuesta realizada por el deudor, todos los acreedores y el deudor tendrán que cumplir dicha propuesta. Si no es aprobado, entonces entraremos en una segunda fase que tiene lugar antes los juzgados. Será el administrador concursal el que se encargará de vender los bienes del deudor, y con lo que obtenga hacer pago a los acreedores. Una vez ya se ha concluido ese trámite el deudor estará en condiciones de pedir el perdón de la deuda. Y si reúne ciertos requisitos fijados en la ley, el juez debe de otorgar ese perdón.

Desde el momento en el que el juez ha acordado el perdón de la deuda la persona deja de ser deudora, y por tanto puede solicitar también la exclusión todos los ficheros de morosidad (ASNEF, EXPERIA, RAI, etc…).

Estudiaremos en otros apartados que personas son las que pueden pedir la segunda oportunidad, qué deudas no quedan perdonadas, como se pueden pagar éstas deudas que no se perdonan, si podemos salvar algunos bienes, que gastos comporta la tramitación de la segunda oportunidad, etc, etc..

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