En primer lugar diremos que la cuestión se plantea por el hecho de que la llamada a estos números telefónicos habitualmente está excluida de la gratuidad en las tarifas habituales. Su precio varía de un operador a otro, y la mayor diferencia está en si se establece la llamada desde un fijo o un móvil. Los precios aproximados desde las redes fijas son similares a los precios de las llamadas nacionales (aprox. unos 7 cts. €/min). Desde líneas móviles el precio está aproximadamente de media en el entorno de los 40 cts. €/min.
Lo cierto es que la ley no impide que las empresas dispongan de éste tipo de números, únicamente exige que el coste de dicha llamada no puede ser superior al habitual de una llamada nacional. El problema es que quedan fuera de las habituales tarifas planas de los operadores, y no tiene en cuenta que en la actualidad una gran parte de las llamadas se hacen desde teléfono móvil. Por otra parte la ley les exige a la empresa que deben de poner a disposición del cliente números alternativos provinciales, y que por tanto quedarían incluidos en la tarifa plana habitual, pero las empresas ocultan éste tipo de números a los clientes de manera que es casi imposible conocerlos.
No obstante desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo, las empresas de los sectores eléctrico y gasista están obligadas a poner a disposición de sus consumidores un servicio de atención telefónica y un número de teléfono, ambos gratuitos.
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